TODO LO QUE TIENE QUE SABER DE LOS IMPUESTOS DE BIENES

¿Qué es el impuesto sobre BIENES INMUEBLES?

Es un impuesto a los inmuebles. Antes se llamó “Impuesto territorial” y fue a partir del año 1996 que la responsabilidad del cobro se trasladó de la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda a las diferentes Municipalidades del país. El cobro se realiza con base en el valor del inmueble registrado en la base de datos.

 

¿Quienes deben de presentar la declaración de bienes inmuebles?

La Declaración de Bienes inmuebles se presenta cada 5 años, de acuerdo con la Ley de Bienes Inmuebles.
El artículo 27, del Reglamento de la Ley 7509 indica “Obligatoriedad de la declaración de bienes inmuebles. Los sujetos pasivos están obligados a presentar, a la municipalidad donde se hallen sus bienes inmuebles, una declaración sobre el valor estimado de los mismos, de conformidad con los artículos 6 y 16 de la Ley, independientemente de que no estén afectos al impuesto.

 

¿Qué pasa si no me presento a realizar la declaración de bienes inmuebles?

En este caso, se le da potestad a la Municipalidad para realizar los avalúos respectivos al inmueble.

 

¿Si no soy el dueño de la propiedad puede presentar la Declaración de Bienes Inmuebles?

Antes de realizar cualquier trámite en la Municipalidad, debe actualizar los datos de la propiedad ante el Registro Nacional.

 

¿Qué es un avalúo administrativo?

Según la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles:
ARTÍCULO 10 Bis.- Avalúo y Valoración. Para los efectos de esta Ley, se define como avalúo el conjunto de cálculos, razonamientos y operaciones, que sirven para determinar el valor de un bien inmueble de naturaleza urbana o rural, tomando en cuenta su uso. Este avalúo deberá ser elaborado por un profesional incorporado al Colegio de Ingenieros Agrónomos o al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, con amplia experiencia en la materia, referido en la moneda oficial del país y emitido en una fecha determinada. Se entenderá por valoración toda modificación de la base imponible de los inmuebles realizada por las municipalidades siguiendo los criterios técnicos del Órgano de Normalización Técnica.

 

¿Por qué si ya yo realicé mi declaración de Bienes Inmuebles viene un perito a visitarme?

Porque la Administración Municipal tiene la facultad de fiscalizar las declaraciones de Bienes Inmuebles que presenten los administrados, según:
Artículo 28.—Fiscalización de las declaraciones de bienes inmuebles. La Administración Tributaria verificará los valores de todos los bienes declarados, y en virtud de ello, tendrá la facultad de aceptarlos u objetarlos, dentro del período fiscal siguiente al de su presentación. El valor declarado por el contribuyente se constituirá en la base imponible del impuesto, si no es objetado por la Administración dentro del lapso señalado.


De objetarse el valor declarado, la base imponible para el cálculo del impuesto será el valor registrado anterior, hasta la firmeza de la resolución de la modificación y la Municipalidad lo notificará conforme al procedimiento establecido en los artículos 16 de la Ley y el artículo 32 del presente reglamento.

 

¿Quién puede acogerse a la no afectación por bien único del pago de bienes inmuebles y cada cuanto tiempo se realiza dicha gestión?

La No Afectación por bien único está estipulado en el artículo N° 4 inciso e) de la Ley N° 7509 Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y en el artículo N° 5 inciso f) de su reglamento. Pueden solicitar la No Afectación todas las personas que tengan un único bien a su nombre en todo el territorio nacional, cuyo valor no exceda los 45 salarios base como lo establece el artículo 4 inciso e de la ley 7509. Esta gestión se realiza todos los años en el primer trimestre del año, antes de que cancele los impuestos municipales. La base imponible no afecta equivale a 45 salarios base. La base no afecta para el periodo 2021 corresponde a 20.799.000. Fórmula cómo se aplica la No Afectación por bien único, para el cobro del impuesto de bienes inmuebles=Base imponible de la finca menos Base imponible no afecta igual Base imponible para el cobro del impuesto de bienes inmuebles. A partir del periodo 2021 la Municipalidad de la Unión no requiere la presentación del Certificado de índice de propietario.
La aplicación de las no Afectaciones por bien único las aplica la Oficina de Servicio al Cliente a traves del correo bienunico@munilaunion.go.cr

 

MÁS INFORMACIÓN EN LAUNION.GO.CR

 

Tamaño de fuente