Municipalidad de La Unión hace un llamado a instituciones públicas y privadas para frenar extracciones en el Tajo de San Rafael

La Municipalidad de La Unión informa, con total transparencia y responsabilidad, sobre la situación actual del tajo ubicado en San Rafael, así como las acciones ejecutadas en estricto cumplimiento de lo ordenado por la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia.

 

Como es de conocimiento público, dentro del expediente judicial N.° 17-006505-1027-CA, la Sala Primera resolvió declarar nula la licencia comercial N.° 04-0717, así como todos los actos administrativos que derivaron de esta. Dicha sentencia es de acatamiento obligatorio, inmediato y estricto.

 

Una vez notificada la resolución judicial, esta Municipalidad actuó sin dilación, ejecutando de forma inmediata y documentada las siguientes acciones:

 

La Municipalidad desea que la comunidad tenga absoluta certeza de que la sentencia fue cumplida al 100%, sin retrasos, sin ambigüedades y sin reservas, como corresponde a un gobierno local responsable, serio y respetuoso del ordenamiento jurídico.

 

“Es fundamental aclarar que la extracción de materiales dentro de una concesión minera no es competencia municipal. La potestad de autorizar, suspender o finalizar dicha actividad corresponde exclusivamente al Departamento de Geología y Minas del Ministerio de Ambiente, Energía y Minas (MINAE), conforme al artículo 3 del Código de Minería, Ley N.° 6797, que establece a esa institución como el ente rector nacional en materia minera.” indicó Cristian Torres, Alcalde de La Unión. 

 

En ese sentido, cualquier decisión relacionada con la continuidad de la extracción responde únicamente a criterios técnicos y administrativos del MINAE. Por ello, se invita respetuosamente a las personas interesadas en solicitar la suspensión total de la actividad, presentar denuncias o gestionar medidas adicionales, a hacerlo por la vía correspondiente ante dicha institución, que es la legalmente competente para resolver de fondo esta materia.

 

Desde el Comité Municipal de Emergencias de La Unión, se informa que durante todo el año 2025 se ha mantenido una coordinación interinstitucional permanente y un monitoreo técnico continuo del deslizamiento asociado al Tajo Hacienda San Rafael, actuando estrictamente dentro del marco de competencias establecidas en la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, Ley N.° 8488.

 

“Como parte de este seguimiento, se han realizado inspecciones periódicas, reforzadas mediante la reducción de los intervalos de monitoreo, así como la emisión de observaciones técnicas y solicitudes de informes a las instituciones rectoras competentes. A la fecha, no se ha materializado ningún evento que afecte directamente a las comunidades ubicadas aguas abajo” sostuvo Erick Varela, Coordinador de la CME de La Unión.

 

No obstante, durante la inspección efectuada en noviembre de 2025, se identificaron elementos de alta preocupación, entre ellos:

 

Esta situación se ve agravada por la negativa del concesionario y de los propietarios del terreno a ejecutar labores de estabilización, posterior al retiro de la patente comercial, lo cual limita las acciones preventivas directas que podrían reducir el riesgo existente.

 

Ante este escenario, la CME considera que se mantiene un riesgo latente y en aumento, cuya atención requiere la valoración, intervención y eventual actuación de las instituciones con competencia legal y técnica en esta materia. Por su parte, el Comité continuará con el monitoreo constante, la coordinación interinstitucional y la preparación operativa, con el objetivo primordial de proteger a la población y estar preparados ante una eventual materialización del evento.

 

También se aclara que la única competencia legal atribuida a la Municipalidad en esta materia es el otorgamiento de licencias para el ejercicio de actividades lucrativas, conforme al artículo 88 del Código Municipal.

 

La Municipalidad no cuenta con potestad legal para establecer rutas oficiales de circulación asociadas a dicha actividad. Si bien actúa como administradora de las calles cantonales, según el artículo 4 de la Ley General de Caminos Públicos, Ley N.° 5060, esta competencia se limita exclusivamente a la intervención, conservación, mejoramiento y rehabilitación de vías públicas debidamente registradas.

 

Asimismo, ante solicitudes para detener de forma inmediata el tránsito de vehículos pesados, vagonetas o maquinaria vinculada a la empresa Hacienda San Rafael, se informa que la Municipalidad se encuentra material y legalmente imposibilitada para ejecutar una acción de esta naturaleza, ya que implicaría una restricción directa al derecho fundamental a la libertad de tránsito, consagrado en el artículo 22 de la Constitución Política, excediendo las competencias municipales.

 

Finalmente, se informa que en la última visita realizada por el área de Patentes se colocó un sello de clausura, y que el próximo 25 de febrero se llevará a cabo una nueva gira de inspección conjunta con el Comité Municipal de Emergencias.

 

Se reitera el compromiso con el cumplimiento de la ley, la protección del cantón y una comunicación abierta, objetiva y basada en hechos verificables. La Municipalidad de La Unión seguirá actuando con la firmeza, seriedad y transparencia que un tema de esta magnitud exige.

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